REPORT FOREIGN BANK AND FINANCIAL ACCOUNT - FBAR

“Necesito declarar mis activos en el extranjero ¿Como debo hacerlo?.”

"Report of Foreign Bank and Financial Accounts (FBAR)" es la normativa que obliga a informar sobre ciertos activos financieros mantenidos en entidades en el extranjero.

El Departameto del Tesoro de los EE.UU. es el encargado a través de la oficina de crimen fiscal (finCEN) de gestionar la normativa sobre Información del Valor de Cuentas Financieras en Entidades en el Extranjero, por sus siglas en inglés FBAR. Esta norma es de obligado cumplimiento, aplicandose cuantiosas sanciones y penas criminales.

De forma genérica, la normativa FBAR se aplica a personas físicas norteamericanas y a entidades jurídicas constituidas según las leyes o bajo el amparo de las leyes norteamericana. No obstante existen límites cualitativos y cuantitativos que eximen de declaración ciertos casos.

Si usted es un Ciudadano de los Estados Unidos (incluidos todos aquellos con doble nacionalidad, y aquellos conocidos como americanos accidentales) es un extranjero residente fiscal, ya sea con carácter permanente (Green Card,) o de forma temporal (test de presencia física) o es un extranjero no residente (en ciertos casos,) podría estar obligado a cumplir con la obligación de informar sobre el valor de ciertas cuentas financieras mantenidas en el extranjero.



Términos sobre la Obligación de Declarar

En términos generales, si el valor agregado de todas sus cuentas financieras (tanto como titular como autorizado) excede $10.000 durante algún momento a lo largo del ejercicio fiscal, usted está obligado a informar al Departamento del Tesoro al amparo de la normativa FBAR. Si las cuentas se mantienen en moneda extranjera, se aplicará el tipo de cambio del último día hábil del año para el cálculo del valor máximo de la cuenta a lo largo del ejercicio fiscal correspondiente.

La declaración del valor de cuentas financieras en el extranjero es independiente a la declaración de impuestos periódica, y debe presentarse antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal cerrado. Aunque el contribuyente no tenga la obligación de presentar su declaración de impuestos en los EE.UU. por diferentes motivos, podría estar obligado a cumplir la normativa FBAR.

Según las leyes al respecto, la falta de presentación o la presentación errónea puede estar sujeta a una sanción no superior a $10.000 por falta o violación, siempre y cuando se deba a una causa razonable y no intencionada. En el caso de que exista una falta de presentación intencionada, la sanción podría ser la mayor de $100.000 o el 50% del saldo de la cantidad no declarada en el momento de la violación.


Problemática normativa FBAR

La normativa FBAR está inspirada en la persecución del crimen fiscal, comportamientos ilícitos y lavado de dinero procedentes de actividades ilegales, sin embargo el alcance y consecuencias de dicha norma van mucho mas allá de las inicialmente planeadas. En este sentido, la gran mayoría de los contribuyentes afectados no pertenecen al perfil de personas incursas en actividades ilegales.

El grupo de personas mas afectado por esta normativa es el compuesto por ciudadanos norteamericanos con Doble Nacionalidad sin una relación cercana con los EE.UU. y el grupo que conforma las personas extranjeras que se convierten en residentes fiscales en los EE.UU. por cualquier causa. En la mayoría de las ocasiones, todas estas personas no son conscientes de la obligación de presentar dicha información.

Si usted nunca ha presentado esta declaración estando obligado a hacerlo, podría sufrir graves inconvenientes en el futuro. El Departamento del Tesoro continua firmando acuerdos con diferentes países para el intercambio de información sobre sus nacionales, así como adheriendo nuevas entidades financieras internacionales comprometidas con el suministro de información económica de sus clientes.


Representación mediante "Enrolled Agent"

Usted puede gestionar sus propias declaraciones, pero si tiene dudas o desea encargar el trabajo a terceras personas, debe saber que nuestra certificación como Agente Registrado por el IRS nos permite representarle, preparar su declaración FBAR y presentarla de forma adecuada.

Tenga en cuenta que en algunos casos, ciertos contribuyentes necesitan regularizar su situación global con el IRS y con finCEN. Es un caso relativamente comun que ciertos grupos de riesgo no hayan declarado adecuadamente sus impuestos en los últimos años, y de la misma forma no hayan presentado sus declaracioens FBAR correspondientes.

Otro caso muy habitual es que el contribuyente no haya caído en la cuenta que debe declarar dichos valores en el extranjero, y antes de ser auditado es muy recomendable presentar la declaración de forma voluntaria.

Si tiene dudas sobre si usted está sujeto a la normativa FBAR, le recomendamos que contacte con nosotros de forma gratuita. En primera estancia, nosotros le poder orientar sobre que hacer y que opciones tiene. Le recordamos que si el IRS o el Departamento del Tesoro inciara una auditoría o un expediente criminal, las posibilidades de reducir o eliminar las sanciones civiles y penales se reducen casi a la nada, por tanto, le animamos a que regularice su situación antes de que sea mas tarde.