PREGUNTAS HABITUALES SOBRE DECLARACION DE IMPUESTOS DE EXTRANJEROS EN LOS EE.UU.

“Preguntas importantes para clarificar su situación fiscal.”

Esta sección recopila las preguntas mas interesantes y útiles que usted podría hacerse para clarificar su situación fiscal en los EE.UU. Del resultado de las mismas, usted podría concluir si su declaración de impuestos la está presentando de forma adecuada.

A continuación formularemos una serie de preguntas que le ayudarán a determinar su situación fiscal teniendo en cuenta que usted es una persona extranjera con alguna relación económica en los Estados Unidos de América.

1.- ¿Es usted una persona extranjera que presta o ha prestado servicios dependientes o independientes durante los últimos años en los Estados Unidos de América?

2.- ¿Sabe usted si es residente en los EE.UU. a efectos fiscales?

3.- ¿Tiene usted algún tipo de Visado?, o ¿tiene la tarjeta de residencia permanente?. Esto le afectará a sus impuestos.

4.- ¿Tiene usted algún tipo de remuneración, pensión, renta o rendimiento económico procedente de los EE.UU.?

5.- ¿Ha presentado algún tipo de declaración de impuestos en los EE.UU. con anterioridad?

6.- Siendo extranjero, ¿cual es su nacionalidad? (podría afectarle el Convenio de Doble Imposición o el Convenio sobre Seguridad Social) y ...

7.- ... ¿cuál es su residencia a efectos fiscales?, en el caso de que no coincida con la de su nacionalidad.

8.- ¿Tiene esposa/o, hijo/s u otros dependientes de usted?

9.- ¿Ha presentado algún modelo o formulario de impuestos diferente al F1040 o sus variantes?

10.- ¿Tiene su país de nacionalidad algún Tratado sobre impuestos con los EE.UU.?

Las siguientes preguntas son las formuladas con mayor frecuencia a través de internet en diferentes foros, blogs, etc. entre las personas no inmigrantes residentes y no residentes en los EE.UU. con algún tipo de vínculo con este país.

1.- ¿Puedo presentar impuestos si no tengo número de seguro social?, o ¿puedo presentar impuestos si nunca antes los he presentado?

2.- ¿Puedo reclamar el crédito por ingreso del trabajo?

3.- ¿Puedo reclamar el crédito por cuidado de hijos menores?

4.- ¿Puedo reclamar cualquier exención?

5.- ¿Puedo reclamar el crédito de impuestos por menores?

6.- ¿Cómo, donde y cuando tengo que presentar mi declaración?

7.- ¿Puedo ser multado por no cumplir adecuadamente mis obligaciones sobre impuestos?

8.- ¿Qué ingresos de un extranjero no residente están sujetos a gravamen en los EE.UU.?

9.- ¿Qué deducciones sobre los impuestos puedo aplicar en mi declaración sobre impuestos?

10.- ¿Qué tipo de justificantes de gastos e ingresos debo custodiar para el futuro?

Por último, estas son algunas de las preguntas básicas de carácter general que usted podría formularse y que nosotros le podemos ayudar a contestar.

1.- ¿Necesita presentar sus impuestos y no sabe como hacerlo?

2.- Se encuentra fuera de los EE.UU. y ¿necesita ayuda para declarar sus impuestos?

3.- Ha recibido algún tipo de comunicado del IRS y no sabe como resolverlo.

4.- Ha presentado formularios de manera incorrecta y necesita corregir las declaraciones anteriores.

5.- ¿Sabe si ha presentado todos los formularios necesarios para la correcta declaración?

6.- ¿Sabe si las declaraciones presentadas hasta ahora, las ha realizado de forma correcta?

7.- ¿Sabe si está obligado a presentar la declaración de impuestos en los EE.UU.?

8.- ¿Sabe si el Tratado de Doble Imposición entre los EE.UU. y su país de nacionalidad le puede afectar a la hora de declarar impuestos en los EE.UU.?

9.- Le han hecho retenciones inadecuadamente y necesita solicitar una devolución.

10. ¿Estoy obligado a declarar mis ingresos obtenidos fuera del país en mi declaración en los EE.UU.?

Si después de plantearse las anteriores preguntas, usted tiene dudas sobre alguna de ellas o su cuestión particular no se encuentra citada, le rogamos contacte con nosotros. Recuerde que le ofrecemos una primera consulta de forma gratuita, sin compromiso por su parte.

Rogamos contacten con nosotros sobre sus consultas
contact@alientax.com



FAQ: PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES SOBRE DECLARACION DE IMPUESTOS EN LOS EE.UU.

“Preguntas y Respuestas Frecuentes.”

Esta sección reproduce las preguntas mas interesantes y de carácter frecuente que los participantes de nuestra sección de "Contacto" o "Asistencia Personal" nos han formulado. Nuestra intención es continuar publicando información útil a nuestros usuarios.


1.- ¿Cuáles son las retenciones sobre el salario bruto para las personas extranjeras no-residentes en los EE.UU. que se aplican en el calculo de la nómina, salario o liquidación de trabajo realizado (Ejercicio 2013)? (Pregunta)

(Respuesta.) Aquellas personas extranjeras no-residentes que reciban un salario o contraprestación como fruto de una actividad laboral en el territorio de los EE.UU., estarán obligadas a comunicar a su empleador, antes de recibir el salario, su situación personal mediante el modelo con instrucciones especiales W-4 destinado a personas extranjeras no-residentes.

Las retenciones sobre el salario bruto se establecen en base a unos baremos fijos y en función de unos criterios variables. El porcentaje variable de las retenciones sobre los salarios estará en función de las circunstancias personales de cada individuo.

Las retenciones sobre los salarios/sueldos para los trabajadores asalariados por un empleador de los EE.UU. se distribuyen en cuatro categorías: Retenciones por Seguro Social, Retenciones por Medicare, Retenciones por Impuestos Federales y Retenciones por Impuestos Estatales y Locales.

a.) Las retenciones sobre el salario bruto por concepto de Seguro Social serán del 6,2% para el empleado.

b.) Las retenciones sobre el salario bruto por concepto de Medicare serán del 1,45%. Cuando los salarios sean superiores a $200.000,00 al año, la retención será del 2,35%.

c.) Las personas extranjeras no-residentes estarán sujetas a un porcentaje de retención determinada sobre sus ingresos brutos en función de su país de origen, del tiempo que lleven en los EE.UU., de su visado y de su estatus familiar. Con todos estos factores se determinará un porcentaje que podría variar desde la exención total hasta el 30%, de forma general.

d.) Por último, existen Estados y ciudades a lo largo del país que requieren retenciones particulares, en otros no (por ejemplo el Estado de Texas). La ciudad o el Estado de residencia, en cada caso, tienen la potestad de retener un porcentaje del salario de cada trabajador.

Por otra parte, aquellas personas extranjeras que permanezcan menos de 90 días dentro del territorio de los EE.UU. y obtengan rentas inferiores a $3.000,00, no están sometidas a retención. Otros extranjeros no residentes procedentes de ciertos países, tampoco están sometidos a retención en función de la actividad que desarrollen.

Pueden obtener mas información consultando los siguientes documentos: Form W-4, Notice 1392 (Supplement Form W-4 Instructions for no-resident), Notice 1036 (Early Release Copies of the 2013 Percentage Method Tables for Income Tax Withholding), Publication 15 (Employer´s Tax Guide) y Publication 519.

Aviso: Las referencias a los documentos anteriormente citados han sido obtenidas de www.irs.gov y podrían haber sido modificadas, complementadas o anuladas total o parcialmente. Esta información se presta con el fin único de su divulgación y no es ni pretende ser asesoramiento legal. No nos hacemos responsables de los perjuicios ocasionados por su mal uso ni por los posibles daños incurridos por su inexactitud o falta de exhaustividad. Esta información no persigue el menoscabo de la hacienda norteamericana ni la evasión de las responsabilidades fiscales de los sujetos pasivos.



2.- Soy un ciudadano norteamericano con doble nacionalidad que vivo fuera de los EE.UU. de forma permanente, sin tener relaciones económicas con los EE.UU., ¿estoy obligado a declarar impuestos en los EE.UU.? (Pregunta)

(Respuesta.) Todas aquellas personas con doble nacionalidad de los EE.UU. y de cualquiera otro país, están obligadas a declarar impuestos en los EE.UU., tanto si viven en su territorio como si no, tanto si han obtenido rentas procedentes de los EE.UU. como si no. Las personas con doble nacionalidad, a efectos de impuestos, se consideran sujetos a impuestos por el total de rentas obtenidas en cualquier parte del mundo.

Según las leyes de los EE.UU., a efectos de impuestos, la nacionalidad americana impera sobre el resto de nacionalidades. Cualquier persona con doble nacionalidad será tratada como cualquier otra persona con nacionalidad americana.

Aquellas personas con doble nacionalidad que residen en el extranjero, se les aplicarán las leyes referentes a expatriados y los posibles acuerdos de Doble Tributación entre el país de residencia y los EE.UU..

Aviso: Las referencias a los documentos anteriormente citados han sido obtenidas de www.irs.gov y podrían haber sido modificadas, complementadas o anuladas total o parcialmente. Esta información se presta con el fin único de su divulgación y no es ni pretende ser asesoramiento legal. No nos hacemos responsables de los perjuicios ocasionados por su mal uso ni por los posibles daños incurridos por su inexactitud o falta de exhaustividad. Esta información no persigue el menoscabo de la hacienda norteamericana ni la evasión de las responsabilidades fiscales de los sujetos pasivos.



3.- Soy un persona extranjera en los EE.UU., sin embargo tengo la residencia fiscal en el país. Cuando abandone los EE.UU., ¿tengo que seguir presentado la declaración de impuestos durante los siguientes años? (Pregunta)

(Respuesta.) Una persona extranjera es residente fiscal en los EE.UU. si ha conseguido la tarjeta de residencia permanente, conocida como "Green Card" o ha cumplido con el test de presencia física en el país. La condición de residencia fiscal implica que, a partir de ese momento, el contribuyente debe declarar todos sus ingresos procedentes de cualquier parte del mundo.

Un extranjero con permiso de residencia permanente (Green Card) tiene la consideración de inmigrante, y será tratado, a efectos de impuestos, como un nacional de los EE.UU. con los mismos derechos y obligaciones, por tanto, tendrá que declarar impuestos todos los años aunque no viva en los EE.UU., incluso aunque nunca haya vivido en los EE.UU. La única manera de dejar de declarar impuestos sería renunciar a la residencia permanente.

Un extranjero que ha superado el test de presencia física suele ser un no-inmigrante que permanece durante un plazo determinado de tiempo en territorio de los EE.UU. y debido a esa razon, adquiere la residencia fiscal en el país. Estos casos son mas complejos que los anteriores, ya que el test de presencia física depende no sólo del tiempo de permanencia en territorio de los EE.UU., sino tambien de la clase de visado que tenga el extranjero y de los posibles tratados de doble imposicion con el pais de origen. No obstante, una vez que se alcanza la residencia fiscal la consideración fiscal será como la del caso anterior, estas personas serán tratadas como cualquier otro nacional de los EE.UU.

Un extranjero que ha superado en test de presencia físca está considerado como residente fiscal, y para dejar de ser residente fiscal en los EE.UU. debe demostrar que su residencia ha cambiado. Para este procedimiento existen varias razones que se pueden argumentar, como presencia física en otro pais durante un tiempo determinado, la presencia de intereses económicos principales en otro pais, la vinculación familiar, la aplicación de un tratado internacional determinado, etc.

Aviso: Las referencias a los documentos anteriormente citados han sido obtenidas de www.irs.gov y podrían haber sido modificadas, complementadas o anuladas total o parcialmente. Esta información se presta con el fin único de su divulgación y no es ni pretende ser asesoramiento legal. No nos hacemos responsables de los perjuicios ocasionados por su mal uso ni por los posibles daños incurridos por su inexactitud o falta de exhaustividad. Esta información no persigue el menoscabo de la hacienda norteamericana ni la evasión de las responsabilidades fiscales de los sujetos pasivos.



4.- Soy un extranjero que vivo con mi esposa e hijos en los EE.UU., actualmente tengo un visado como trabajador temporal, ¿puedo solicitar una exención por mi familia como dependientes de mi? (Pregunta)

(Respuesta.) Según el caso. Si usted es una persona extranjera que ha alcanzado el estatus de residente fiscal en los EE.UU. (por medio del test de presencia física) podrá solicitar una exención por sus dependientes si cumplen el resto de requisitos (edad, ingresos, tiempo de convivencia, número de seguro social o número de identificación fiscal, etc).

Si usted es una persona extranjera no residente fiscalmente, en términos generales no podrá solicitar una exención por dependientes excepto en el caso de que sea nacional de México o Canada (en este caso será tratado como si fuera un nacional de los EE.UU.), o en el caso que sea nacional de Korea de Sur o de la India (en este caso tiene un tratamiento especial que debe consultar), siempre y cuando cumpla con el resto de requisitos.

Para el ejercicio fiscal 2012, en términos generales la cantidad exenta por persona dependiente cualificada ascenció a $3.800, para el ejercicio 2013 la cantidad ascendió a $3.900.

Aviso: Las referencias a los documentos anteriormente citados han sido obtenidas de www.irs.gov y podrían haber sido modificadas, complementadas o anuladas total o parcialmente. Esta información se presta con el fin único de su divulgación y no es ni pretende ser asesoramiento legal. No nos hacemos responsables de los perjuicios ocasionados por su mal uso ni por los posibles daños incurridos por su inexactitud o falta de exhaustividad. Esta información no persigue el menoscabo de la hacienda norteamericana ni la evasión de las responsabilidades fiscales de los sujetos pasivos.



5.- Soy una persona extranjera que ha obtenido la residencia permanente en los EE.UU.(Green Card) gracias al programa de Diversidad (Lotería de Visado,) sin embargo nunca he estado en los EE.UU. ¿tengo que declarar impuestos?(Pregunta)

(Respuesta.) No. Si usted es una persona extranjera que ha alcanzado el estatus de residente fiscal en los EE.UU. por medio de la tarjeta de residencia permanante conocida como "Green Card" y aún no ha cruzado las fronteras de los EE.UU., usted no está obligado a declarar impuestos.

A partir del día que usted acceda al territorio de los Estados Unidos de America por cualquier razón, usted estará considerado como residente fiscal en el país. Muy probablemente el primer año deba declarar como "Dual Resident" y a partir del segundo año ya será residente a todos los efectos por todo el año.

A partir del momento de cruzar la frontera, usted deberá declarar por el conjunto de sus rentas a nivel mundial mientras no cambie de estatus.

Aviso: Las referencias a los documentos anteriormente citados han sido obtenidas de www.irs.gov y podrían haber sido modificadas, complementadas o anuladas total o parcialmente. Esta información se presta con el fin único de su divulgación y no es ni pretende ser asesoramiento legal. No nos hacemos responsables de los perjuicios ocasionados por su mal uso ni por los posibles daños incurridos por su inexactitud o falta de exhaustividad. Esta información no persigue el menoscabo de la hacienda norteamericana ni la evasión de las responsabilidades fiscales de los sujetos pasivos.



6.- Soy una persona extranjera que resido fuera de los EE.UU. y he obtenido un dividendo procedente de unas acciones que cotizan en los mercados de valores oficiales de los EE.UU., ¿cual es mi situación fiscal ante estos ingresos? (Pregunta)

(Respuesta.) En términos prácticos, las empresas norteamericanas someten el abono de sus diviendos a una retención del 30% sobre el importe total. Esta retención equivale al tipo por el cual los rendimientos están gravados para una persona extranjera en los EE.UU.

Una vez hecha la retención en el origen, el beneficiario no está obligado a declarar impuestos, ya que se entiende que con ese 30% se está cumpliendo con la obligación de pago, siempre y cuando no tenga ingresos de otra naturaleza.

Sin embargo, muchos acuerdos sobre doble imposición otorgan reducciones en los tipos impositivos sobre los dividendos obtenidos, por tanto, tambien se reducen las retencines practicadas. Si usted no gestiona adecuadamente sus derechos, estará renunciando a un dinero que es suyo, incluso si hasta ahora no ha reclamado esa parte, nosotros le podríamos ayudar a hacerlo.

Aviso: Las referencias a los documentos anteriormente citados han sido obtenidas de www.irs.gov y podrían haber sido modificadas, complementadas o anuladas total o parcialmente. Esta información se presta con el fin único de su divulgación y no es ni pretende ser asesoramiento legal. No nos hacemos responsables de los perjuicios ocasionados por su mal uso ni por los posibles daños incurridos por su inexactitud o falta de exhaustividad. Esta información no persigue el menoscabo de la hacienda norteamericana ni la evasión de las responsabilidades fiscales de los sujetos pasivos.



7.- Soy una trabajador extranjero desplazado por mi empresa a los EE.UU., ¿cual es mi situación respecto a los impuestos del Seguro Social y Medicare? (Pregunta)

(Respuesta.) En términos generales, los trabajadores extranjeros desplazados a territorio norteamericano tienen las mismas obligaciones que los propios residentes norteamericanas con respecto al pago por Seguridad Social y Medicare. Por convención internacional, los impuestos asociados a la seguridad social del trabajador se liquidan en el país donde el trabajador desempeña su trabajo, independientemente del origen de su empleador.

No obstante existe un gran número de excepciones contempladas en la legislación norteamericana. Existen excepciones relacionadas con el carácter temporal del trabajo, relacionadas con el tipo de visado, relacionadas con la categoría laboral desempeñada, etc.

Otro factor importante a tener en cuenta es la posibilidad de aplicación de los Convenios sobre Seguridad Social firmados entre los EE.UU. y el país de origen del personal laboral, estos convenios se conocen como "Acuerdos sobre Totalización". Los acuerdos sobre seguridad social internacional no solo regulan las cotizaciones sociales entre países que afectan a sus ciudadanos, sino que van mas allá hasta contemplar los periodos de computo para jubilaciones, pensiones de horfandad, incapacidad, etc.

En muchos casos, los ciudadanos extranjeros en los EE.UU. no conocen los Acuerdos de Totalización y como consecuencia de ello realizan aportaciones al seguro social norteamericano de forma innecesaria. Nosotros le podemos ayudar a recuperar aquellos impuestos que usted pago de mas en concepto de FICA, FUCA o Medicare.

Aviso: Las referencias a los documentos anteriormente citados han sido obtenidas de www.irs.gov y podrían haber sido modificadas, complementadas o anuladas total o parcialmente. Esta información se presta con el fin único de su divulgación y no es ni pretende ser asesoramiento legal. No nos hacemos responsables de los perjuicios ocasionados por su mal uso ni por los posibles daños incurridos por su inexactitud o falta de exhaustividad. Esta información no persigue el menoscabo de la hacienda norteamericana ni la evasión de las responsabilidades fiscales de los sujetos pasivos.



8.- Soy un persona con doble nacionalidad estadounidense y de un tercer país que vive en el extranjero, y que no tengo contacto con los EE.UU. durante muchos años o incluso nunca, ¿estoy obligado a declarar impuestos en los EE.UU.? (Pregunta)

(Respuesta.) Todas las personas con nacionalidad norteamericana tienen la obligación de declarar impuestos en los Estados Unidos de América, independientemente de donde vivan y del origen de sus rentas, no importa que nunca haya estado en los EE.UU. o que no nunca haya obtenido ingresos procedentes de los EE.UU.

El no declarar impuestos por una persona obligada a hacerlo, está considerado una acción criminal y es un delito perseguido por todo el mundo por el IRS, con penas de carcel y sanciones elevadas. El desconocimiento no exime el cumplimiento de la ley.

Las obligaciones de las personas con doble nacionalidad no se refieren unicamente a declarar impuestos, sino también a informar sobre ciertos activos financieros y balances bancarios situados en el extranjero, por ejemplo, si usted tiene un saldo superior a $10.000 en una cuenta en Colombia y no informa de su existencia, el IRS puede ponerle una sanción muy importante y embargarle su cuenta bancaria.

Aviso: Las referencias a los documentos anteriormente citados han sido obtenidas de www.irs.gov y podrían haber sido modificadas, complementadas o anuladas total o parcialmente. Esta información se presta con el fin único de su divulgación y no es ni pretende ser asesoramiento legal. No nos hacemos responsables de los perjuicios ocasionados por su mal uso ni por los posibles daños incurridos por su inexactitud o falta de exhaustividad. Esta información no persigue el menoscabo de la hacienda norteamericana ni la evasión de las responsabilidades fiscales de los sujetos pasivos.



9.- ¿Cual es el plazo de presentación de declaraciones de impuestos en los EE.UU.?, ¿existe alguna opción de pedir una prorroga? (Pregunta)

(Respuesta.) El último día de presentación de las declaraciones de impuestos en los EE.UU. es el primer día hábil despues de la segunda semana del mes de abril de cada año, en la mayoría de los años coincide con el 15 de abril.

En el caso de que no dispusiera de toda la información necesaria para presentar su declaracion de forma correcta, podría solicitar una prórroga de 6 meses. Esta prórroga no exime de la teórica obligación de pagar los impuestos debidos, por tanto usted debe hacer un pago estimado de los impuestos que prevea que deba atender.

Aviso: Las referencias a los documentos anteriormente citados han sido obtenidas de www.irs.gov y podrían haber sido modificadas, complementadas o anuladas total o parcialmente. Esta información se presta con el fin único de su divulgación y no es ni pretende ser asesoramiento legal. No nos hacemos responsables de los perjuicios ocasionados por su mal uso ni por los posibles daños incurridos por su inexactitud o falta de exhaustividad. Esta información no persigue el menoscabo de la hacienda norteamericana ni la evasión de las responsabilidades fiscales de los sujetos pasivos.